Seguridad escolar

Seguridad entornos escolares

Ubicación de los Centros Educativos Infantiles

Los requisitos técnicos referidos a ubicación de los centros infantiles deben estar alineados con la normativa vigente establecida a nivel estatal, autonómico y local si la hubiere.

Como condición general y a la que se refieren la mayoría de las normativas consultadas, los centros destinados a la infancia deben ubicarse alejados de actividades consideradas como nocivas, insalubres y/o peligrosas.

Recomendaciones de seguridad vial en entornos escolares
Lo correcto sería poder realizar una auditoría de seguridad vial por personal especializado, evaluando el estado inicial del entorno, de forma que bajo un inventario inicial, se puedan llevar a cabo las acciones precisas para cubrir las necesidades específicas del colectivo y la población, evitando situaciones de riesgo y optimizando los recursos, a través de una reorganización de los elementos viales y el establecimiento de prioridades.

Aportamos las directrices necesarias para poder optimizar la seguridad, mediante una reorganización urbanística y bajo los parámetros de prevención que se detallan a continuación, recomendando incluir la vigilancia en aquellos puntos más críticos, y la formación a las familias para realizar el trayecto de la forma más segura y educativa posible 

 Vías de circulación

Peatonales o vía 30

Señalización vertical

Zona frecuentada por menores (peatonales).

Zona escolar.

Luminosas.

Situadas en todos los accesos principales

Semáforos

Regulados en tiempo variable.

Horarios de entrada y salida.

Anchura de la calzada.

Tipo de peatón.

Pasos de peatones

Elevados.

Que deriven a la puerta de acceso.

Bandas de calmado del tráfico

Situadas anterior a los pasos de peatones.

Aceras y calzada

Mantenimiento adecuado.

Accesibles.

Antideslizantes.

Anchura.

Mobiliario urbano

No obstaculizar aceras ni acceso.

Sin reducir la visibilidad.

Estacionamientos

Reserva de plazas de estacionamiento limitado.

Evitar plazas de aparcamiento en batería.

Entradas de aparcamientos   privados y públicos con espejos de visualización.

Vallas de protección y canalización

En todo el perímetro del centro infantil.

Espacios abiertos estratégicos que canalicen y deriven a las personas a espacios seguros.

Transporte público

Paradas en carriles rectos y visibles.

 

Transporte escolar

Autobuses con SRI adecuados.

Estacionamiento propio.

Sin maniobras hasta que los menores estén ubicados dentro del centro o del autobús.

Sistemas de control y localización de menores.

Conocer los medios materiales y procedimientos de actuación de seguridad en caso de accidente.

Delimitación de los centros educativos destinados a la infancia

  • Vallas delimitadoras En el caso de que el edificio que alberga el centro infantil  estuviera rodeado por un espacio exterior utilizado como acceso y patio de juegos infantiles, la delimitación perimetral ha de basarse en los criterios de prevención de lesiones y la protección de menores ante extraños. Los requisitos que ha de cumplir el cerramiento son:
  • Fabricado con materiales atóxicos, inastillables, no punzantes y atraumáticos. Que no sean conductores del calor ni de la electricidad.
  • Si es de barrotes verticales, la distancia entre éstos no debería superar los 10 cm de separación.
  • En ningún caso se deben instalar barrotes horizontales, ya que son fácilmente escalables por menores o por extraños.
  • La altura recomendada es de 1,50 m.
  • Debe evitarse un tratamiento excesivamente cerrado, permitiendo la visibilidad pero protegiendo a los niños de extraños, y evitando la intrusión de personas u objetos desde el exterior.

Requisitos de seguridad para las puertas de acceso de seguridad infantil

  • Tipo de puerta de las denominadas de emergencia de doble hoja  o de una sola y con amplitud suficiente (recomendada 1,20 m) para facilitar la salida en caso de emergencia: apertura en el sentido de la evacuación, barra antipánico de empuje, dispositivo de fácil y rápida apertura sin utilizar llave y sin tener que actuar sobre más de un mecanismo. Norma de referencia UNE-EN 1125:2000.
  • La altura de la barra o mecanismo de apertura ha de situarse a 1,20 m de altura desde el suelo: consiguiendo que sea inaccesible a los menores pero dentro de los parámetros establecidos en el documento básico de seguridad utilización y accesibilidad del Código Técnico de Edificación (DB-SUA CTE), donde se señala esta medida como la máxima permitida para facilitar la apertura  a personas con discapacidad.
  • Si el mecanismo de apertura es eléctrico, éste ha de contar con un sistema alternativo manual.
  • Si las puertas estuvieran fabricadas en su mayoría de vidrio, éste debería de ser de seguridad (Normas de referencia EN 14449:2006 o UNE-EN 12150-2:20059), laminado o templado o contar con mecanismos que garanticen la seguridad infantil en caso de rotura (Norma de referencia UNE 172402:2011. Escuelas infantiles. Gestión del servicio. Requisitos generales), además de contar con señalización entre 0,85 y 1,20 m para los menores y entre 1,50 y 1,70 m para los adultos, evitando que se puedan confundir con espacios abiertos.
  • Ha de incluir un sistema de cierre automático por retorno suave, evitando que se queda abierta por descuido y el atrapamiento por un cierre brusco, ya sea por manipulación de adultos y/o niños o por un golpe de aire.
  • Debe incorporar sistemas de protección antipilladedos en los dos ángulos de las bisagras (como mínimo hasta 1,20 m de altura desde el suelo), adecuados a la puerta y al medio donde se encuentre (exterior o interior).
  • Deberían existir dos puertas de acceso (cumpliendo ambas con los requisitos descritos anteriormente), creando entre ellas una zona estanca de seguridad que evite la salida de menores a la vía pública de forma directa, sin la supervisión de un adulto.
  • La vía de evacuación como tal, ha de precisar en todo momento de iluminación y señalización y estar libre de obstáculos.

 

 ©      M Ángeles Miranda. Twitter @logieduca

 

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